domingo, 6 de marzo de 2016

MODERNIZAN REGLAS DE AFILIACION AL SGSSS

Es muy importante que las instituciones públicas, entren en procesos de modernización superando estándares anquilosados en el devenir del tiempo, la modernización de lo público propende por un mejor control de los recursos y del correlativo gasto público que se atempera al concepto de unidad de caja.

Dr. Nelson Roa Reyes.
Socio y Director Ejecutivo
Gil & Roa Abogados

________________________________________________________________________________

Tres objetivos motivaron al Ministerio de Salud y Protección Social (Minisalud) para expedir el decreto 2353 del 2015: la unificación y actualización de las reglas de afiliación al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS), la creación del sistema de afiliación transaccional (SAT) y la definición de los instrumentos para garantizar la continuidad y el goce efectivo del derecho a la salud.
En efecto, la agrupación realizada a través de esta norma fue aprovechada por el Minisalud para modernizar las condiciones de afiliación propias del régimen contributivo y subsidiado, lo cual es visible, por ejemplo, en la redefinición de la composición del grupo familiar del cotizante, para efectos de la inscripción de los beneficiarios.
Así, quedó dispuesto que, además de los beneficiarios tradicionales, a falta del cónyuge, deberá concederse esta calidad a la compañera o compañero permanente, aun cuando quienes componen la pareja  sean del mismo sexo. Igualmente, a los hijos menores de 25 años de edad que dependan económicamente del cotizante, sin importar si se encuentran o no estudiando.
También, serán beneficiarias las personas de cualquier edad con incapacidad permanente que como consecuencia del fallecimiento de los padres o por la pérdida de la patria potestad dependan económicamente del cotizante con quien deberán guardar un vínculo de hasta el tercer grado  de consanguinidad, y los menores de 18 años entregados en custodia legal por la autoridad competente.

REDUCCIÓN DE TRÁMITES
Ahora bien, la necesidad de sistematizar la información para reducir los trámites de afiliación y el reporte de novedades llevó a la instauración e implementación gradual del SAT.
Este conjunto de procesos de orden técnico y administrativo será administrado por el Minsalud y tendrá por finalidad el registro y consulta, en tiempo real, de la información básica para evitar irregularidades detectadas con el actual procedimiento.
Finalmente, con relación a la mora de las cotizaciones obligatorias al SGSSS, se modificaron algunas reglas a nivel reglamentario sobre suspensión o terminación de la afiliación que se encontraban vigentes y contrariaban el postulado constitucional que garantiza la continuidad en la prestación de los servicios de salud.
De esta forma, se busca la generación de incentivos necesarios para aquellas personas que tienen la obligación de contribuir a la sostenibilidad del sistema, sin fomentar una cultura del no pago en los usuarios con la que podría llegarse a un escenario critico de financiación de sistema y, en consecuencia, a la afectación del interés individual y colectivo. AMBITO JURIDICO LEGIS # 433 (MINISALUD D. 2353, DIC3/15)