miércoles, 1 de abril de 2015

PROTECCION AL CONSUMIDOR Y RESPONSABILIDAD CIVIL Y COMERCIAL DEL EMPRESARIO

Frente al tema de responsabilidad civil y comercial  nos ocuparemos a reglón seguido, primero que todo, precisando que existe un vínculo indisoluble, entre el comerciante o el empresario que fabrica el producto y la repercusión o efecto  que se causa al consumidor final, tema este en el cual  interviene la competencia desleal y por el daño causado al interior de la sociedad en la protección del consumidor, los derechos del consumidor como lo expresamos anteriormente implica una responsabilidad civil y comercial,   civil desde el punto contractual y extracontractual por cuanto el empresario o el fabricante debe responder por los contratos de venta que realice con los distribuidores, mercaderistas o grandes superficies de almacenes de cadena, cuando son estos últimos los que compran estos productos para revenderlos  al consumidor final, pero también el fabricante o el empresario está llamado a responder frente al consumidor lo que quiere decir que el consumidor final afectado puede perseguir acción jurídica ordinaria  de responsabilidad tanto a la gran superficie o al almacén de cadena como al fabricante del producto que lo lesiona o lo afecto en algún grado o medida.
Al paso que, la responsabilidad comercial se surte frente  al campo de la competencia desleal  entre otros, por cuanto, quien compite en el mercado fabricando productos de baja calidad, con negligencia y falta de cuidado, buscando vender más barato que sus competidores, necesariamente afecta el tráfico comercial y por ende las reglas propias de un mercado leal, legal y competitivo propiamente dicho.
Queda claro entonces, la responsabilidad civil, regulada entre otros por la protección del consumidor, por la fabricación de productos y servicios, al  paso que, la responsabilidad comercial se regula por los actos de competencia desleal que se despliegue en el ejercicio anterior.
Por NELSON ROA REYES